El régimen de las unidades mínimas de cultivo en el suelo urbanizable no sectorizado, suelo no urbanizable común y suelo no urbanizable protegido en la legislación de la Comunidad de Madrid
Palabras clave:
Unidad mínima, Suelo urbanizable no sectorizado, Suelo no urbanizable común, Suelo no urbanizable protegido, Parcelación urbanística, Infracción urbanística, Artículo 319 del código penal y jurisprudenciaResumen
La unidad mínima de cultivo de la legislación agraria, que se contempla en la Ley de 15 de julio de 1954, desarrollada por los Decretos de 25 de marzo y 22 de septiembre de 1955 y la Orden de 27 de mayo de 1958, ha sido un instrumento “ad hoc” para impedir entonces, en muchas comarcas del territorio nacional, la continuación de la diseminación parcelaria por “bajo de unos límites considerados inadmisibles desde el punto de vista técnico”, lo que se oponía al desarrollo y modernización agraria, en un contexto histórico de concentración parcelaria.
Sin perjuicio de esta finalidad en el sector primario, lo cierto es que este instrumento se ha venido utilizando en la legislación urbanística en relación con los usos, actividades y obras en el suelo urbanizable no programado del TRLS 1976 -y sus acepciones en las leyes urbanísticas autonómicas-, suelo no urbanizable común y suelo no urbanizable protegido, en cuanto se pretende evitar parcelaciones “urbanísticas” en estas clases de suelo, cuyo incumplimiento se tipifica como infracción urbanística.
Con el advenimiento de las Comunidades Autónomas se han regulado en su legislación urbanístico y el planeamiento los usos actividades y obras en las citadas clases de suelo -o asimiladas-, con diferente alcance y consecuencias, en especial en el ámbito de restablecimiento de la legalidad urbanística infringida y del procedimiento sancionador administrativo, e incluso penal ex artículo 319 del Código Penal.
En este artículo se abordan estas cuestiones en la legislación de la Comunidad de Madrid y en la jurisprudencia al efecto.
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Citas
ALONSO GONZáLEZ, María Esther, “LA UNIdAD MÍNIMA DE CULTIVO. REFLEXIONES SOBRE SU INCIDENCIA EN EL ÁMBITO CATASTRAL”. CT. Octubre 1999.
CABELLO MARTINEZ, Gabriel. “Estudio sobre reciente jurisprudencia sobre disciplina urbanística”. Revista de Derecho Urbanístico. Núm. 286. 2013.
CARCELLER FERNANDEZ, A. “Manual de disciplina Urbanística”. Edit. Tecnos , S.A. Madrid 1982.
CORELLA MONEDERO, José Mario. “Tratado de Derecho Urbanístico. La Infracción Urbanística”. Servicio Central de Publicaciones. Secretaria General Técnica. Ministerio de la Vivienda. 1977.
EZQUIAGA DOMINGEZ, José María, “PARCELACIONES ILEGALES EN SUELO NO URBANIZABLE: NUEVAS FORMAS DE CONSUMO DEL ESPACIO EN LOS MÁRGENES DE LA LEY DEL SUELO. Ciudad yTerritorio, Num. 56. 1983.
GARCIA DE ENTERRIA, Eduardo y PAREJO ALFONSO, Luciano. “Lecciones de Derecho Urbanístico”. Edit. Civitas 1981.
GOMEZ ROSSI, Maria Jesús. “PARCELACIONES Y EDIFICACIONES IRREGULARES EN SUELO NO URBANIZABLE EN ESPAÑA”. Málaga. 2018. 1ª edición
GONZALEZ PEREZ. Jesús. ”Comentarios a la Ley del Suelo”. Edit. Civitas 1981.
GONZALEZ PEREZ, Jesús. “Comentarios a la Ley de Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo.·“. Edit. Civitas. Madrid 1990.
JIMÉNEZ MARTIN, Marcos. “Parcelaciones y reparcelaciones urbanísticas y el Registro de la Propiedad”, Edit. Montecorvo, 1976.
LÓPEZ CASADO, David y MULERO MENDIGORRI, Alfonso. “LAS PARCELACIONES ILEGALES EN ESPAÑA: EXPANSIÓN Y EFECTOS DE UN URBANISMO IRREGULAR EN EL ENTORNO DE LA CIUDAD REGLADA”, Anales de Geografía de la Universidad Complutense de Madrid, Vol. 42. 2022.
LOPEZ PELLICER. J. Antonio. “Régimen de las infracciones y sanciones administrativas en materia de disciplina urbanística”, Revista de Derecho Urbanístico. Núm. 62.
MARTIN HERNANDEZ, Paulino. “Las personas responsables de las infracciones urbanísticas”. Revista de Derecho Urbanístico. Núm. 81. 1983,
VELASCO CABALLERO, Francisco. “Derecho Urbanístico en la Comunidad de Madrid”. Edit, Marcial Pons. 3ª ed. 2023.



